
Declaración de impuestos
¿Cuantos créditos educativos puedes recuperar de tus impuestos?
Créditos educativos: cómo reclamarlos y cuánto puedes ahorrar
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Educación & Taxes
Declarar créditos educativos
Tienes derecho a reclamar créditos educativos
Si tú, tu cónyuge o tu hijo están inscritos en una universidad o escuela técnica, tienes derecho a reclamar créditos educativos que reducen directamente lo que pagas al IRS.
Muchas familias hispanas en Estados Unidos dejan dinero sobre la mesa cada año porque no saben que pueden reclamarcréditos educativos en su declaración de impuestos. A diferencia de las deducciones, que solo reducen tu ingreso gravable, los créditos reducen directamente los impuestos que debes dólar por dólar.
Aldo Cotrina, el Contador de la Comunidad, te explica en detalle cuáles son estos créditos, quién los puede reclamar y cómo asegurarte de no perderlos.
¿Qué son los créditos educativos?
Comprender tu declaración de impuestos
Los créditos educativos son beneficios fiscales que el gobierno federal otorga a quienes pagan por educación superior (universidad, colegio técnico o community college). Existen dos principales:
American Opportunity Tax Credit (AOTC)
Hasta $2,500 por año
Para estudiantes en sus primeros 4 años de educación superior. El 40% es reembolsable, lo que significa que puedes recibir hasta $1,000 de regreso aunque no debas impuestos.
Lifetime Learning Credit (LLC)
Hasta $2,000 por año
Sin límite de años. Aplica para cualquier curso de educación superior, incluyendo cursos de actualización profesional. No es reembolsable.
¿Quién puede reclamar estos créditos?
Puedes reclamar estos créditos por los gastos educativos de:
- Tú mismo: si estás inscrito en un programa de educación superior
- Tu pareja/cónyuge: si está inscrito y presentan declaración conjunta
- Tus dependientes: hijos u otros dependientes que declaras en tu impuesto y están en una institución educativa superior

¿Qué gastos califican?
- Matrícula (tuition) y cuotas de inscripción requeridas por la institución
- Libros, suministros y equipos requeridos para el curso
- Pagos realizados durante el año fiscal y hasta los primeros 3 meses del siguiente año
⚠️ No califican:
Gastos de vivienda, alimentación, seguro médico, transporte ni actividades extracurriculares. Tampoco los gastos cubiertos por becas o ayuda financiera que no tienes que devolver.
¿Qué documento necesitas para reclamarlos?
Para reclamar cualquiera de estos créditos, necesitas el Formulario 1098-T, que la institución educativa debe enviarte cada año antes del 31 de enero. Este formulario muestra cuánto pagaste en matrícula durante el año.Fac
Preguntas frecuentes sobre créditos educativos
¿Puedo reclamar el crédito si mi hijo paga su propia matrícula?
Si tu hijo es tu dependiente en tu declaración de impuestos, puedes reclamar los gastos aunque él haya pagado directamente. Sin embargo, si tu hijo presenta su propia declaración y no es tu dependiente, él debe reclamar el crédito.
¿Puedo reclamar los dos créditos al mismo tiempo?
No. Solo puedes reclamar uno por estudiante por año fiscal. Tu contador te ayudará a determinar cuál te conviene más.
¿Hay un límite de ingresos para estos créditos?
Sí. El AOTC comienza a reducirse para ingresos superiores a $80,000 ($160,000 para parejas). El LLC tiene un límite de $90,000 ($180,000 en conjunta). Tu contador puede calcular exactamente a cuánto tienes derecho.
¿Qué pasa si perdí el formulario 1098-T?
Puedes pedirle a la institución educativa que te envíe una copia o acceder al portal en línea de la institución. Guarda este documento junto con tus otros documentos fiscales del año.
¿Hay estudiantes en tu familia este año?
No dejes pasar estos créditos. <strong>Aldo Cotrina</strong> te ayuda a reclamar todos los beneficios educativos a los que tienes derecho.






